lunes, 22 de diciembre de 2008

La Misión de Santo Domingo de Soriano

Informe del Lic. Sarasa de la misión de Santo Domingo de Soriano

“Que la misión de Santo Domingo Soriano se mantenga con las circunstancias que refiere y que es la principal de las demás.- la de Santo Domingo Soriano (que es la fundada siete leguas de Querétaro y las mismas de esta Sierra Gorda inmediata al pueblo de Tolimanejo) promete ser de mayor fundamento que las demás así por ser de mejor natural los indios como por tener muy adelantada la obra material de la iglesia y casa y no obstante padeze los defectos que refiero en el informe que tengo echo al Muy Reverendo Padre provincial, que contiene el cuadernito citado que remito a Vuestra Excelencia, pero poniéndose en ella dos buenos religiosos celosos del bien de las almas de estos indios, que se dediquen a aprender la lengua (como parece se trata de hazer) y a acavar de poner en forma esta misión y deducir y adoctrinar a los indios de la de la Nopalera que se trasladen a ella con los demás padres el Reverendo Padre Vicario Provincial nuevamente nombrado, Fray Luis de Guzmán que fue el fundador de esta misión desde la primera piedra que se puso en ella y mucho más bien se puede esperar con haber nombrado ahora por ministro y Vicario de ella al Padre Lector Fray Miguel Joseph de Orendain de conocida virtud y letras y que manifiesta tener mucho celo del bien de estos indios. Y promete aplicarse a este ministerio con muchas veras, y asistiendo dos religiosos y dicho padre Vicario provincial en esta Misión no solo se les deberá dar el sínodo ordinario de trescientos pesos sino que acabada y puesta en forma la Iglesia, siendo capaz como lo es de colocarse en ella el Santísimo Sacramento, se les podrá dar la cera, vino y aceite que acostumbra su Majestad a las Doctrinas como lo tiene hordenando y mandado se haga en estas misiones y alguna ayuda de de costamas, como de cien pesos para ayuda de mantenerse dicho Vicario Provincial y Religioso cuya asistencia conviene sea en dichas misiones y con la plena facultad que han tenido los Vicarios Provinciales”.
17 de diciembre de 1703 Don Francisco de Sarassa, rúbrica, México.

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